Impacto Ambiental: Qué es, por qué importa y cómo tramitarlo correctamente

¿Qué es el Impacto Ambiental?

El impacto ambiental se refiere a cualquier cambio significativo en el entorno natural causado por una obra, proyecto o actividad humana. La legislación ambiental mexicana, tanto federal como estatal, exige que estas actividades sean evaluadas y autorizadas previamente, a fin de prevenir daños y garantizar un desarrollo sostenible. Este proceso se realiza a través de una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), documento técnico que describe el proyecto, sus posibles efectos sobre el medio ambiente y las medidas propuestas para prevenir, mitigar o compensar dichos efectos.

¿Por qué es obligatorio?

Las leyes ambientales estatales y federales —como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)— establecen que ningún proyecto que modifique el uso de suelo, genere residuos o afecte ecosistemas puede operar sin haber sido evaluado ambientalmente.

No cumplir con este requisito puede derivar en:

  • Clausura de actividades o instalaciones

  • Multas administrativas

  • Suspensión de licencias o permisos

  • Reputación negativa ante autoridades y sociedad civil

Las dependencias ambientales estatales han reforzado los mecanismos de inspección y control, por lo que cada vez más empresas enfrentan auditorías o visitas técnicas por parte de las autoridades.

¿Qué debe contener una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA)?

Este estudio técnico incluye:

  • Descripción general del proyecto

  • Ubicación geográfica y superficie afectada

  • Identificación de impactos potenciales sobre suelo, aire, agua, flora y fauna

  • Medidas de mitigación, prevención y compensación ambiental

  • Plan de seguimiento y monitoreo ambiental

La modalidad (general o específica) dependerá del tipo de actividad y su riesgo potencial. El trámite puede realizarse ante la secretaría estatal correspondiente o ante SEMARNAT si el impacto rebasa una entidad federativa.

¿Quién debe cumplir con esta obligación?

Toda persona física o moral que pretenda desarrollar actividades como:

  • Construcción de parques industriales, naves, hoteles o centros comerciales

  • Obras de infraestructura energética, minera, química o agroindustrial

  • Instalación de plantas de tratamiento, rellenos sanitarios o confinamientos

  • Cambios de uso de suelo en terrenos forestales o zonas rurales

  • Proyectos dentro de áreas naturales protegidas o zonas ecológicamente sensibles

¿Cómo se tramita?

  1. Contratación de una empresa especializada en estudios ambientales.

  2. Elaboración del documento técnico (MIA) conforme a lineamientos oficiales.

  3. Ingreso del trámite ante la autoridad ambiental correspondiente.

  4. Evaluación técnica y legal del expediente por parte de la autoridad.

  5. Resolución oficial (resolutivo) con condicionantes y obligaciones.

  6. Seguimiento, cumplimiento y reportes de avance ambiental.

En algunos estados, como Coahuila y Nuevo León, la autoridad cuenta con una Ventanilla Electrónica Ambiental, donde se digitaliza todo el proceso y se genera un folio oficial que debe ser conservado para auditorías futuras.

¿Cómo puede ayudarte HR Prevención?

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